SENTENCIAS JUZGADO DE PAZ MIXTO
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Las Sentencias en Primer grado, las dictan los catorce Juzgado de Trabajo y Previsión Social, para ello se puede dar dos situaciones:
Primera Audiencia: El demandado NO se presenta a la primera audiencia sin justificación y hubiere sido legalmente notificado, bajo confección judicial y bajo los apercibimientos correspondientes, el Juez sin más trámite, dictara Sentencia, dentro de las cuarenta y ocho horas, de celebrada la audiencia respectiva. Articulo 358 Código de Trabajo.
Primera Audiencia: El demandado SI se presenta a la primera audiencia, recibidas las pruebas y dentro de un término no menor de cinco, ni mayor de diez días, el Juez dictara Sentencia. Articulo 359 Código de Trabajo.
Sentencias en Segundo grado, son dictadas por las tres Salas de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, estas se originan por un Recurso de Apelación, el cual se interpone ante el Juzgado de Juzgado de Trabajo y Previsión Social, que conoció del Juicio Ordinario.
El Juzgado de Trabajo y Previsión Social recibe el recurso de Apelación, lo concede si fuera procedente y eleva los autos a la Sala de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. Artículo 367 del Código de Trabajo.
Recibidos los autos la Sala de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, da audiencia por cuarenta y ocho horas a la parte recurrente, a efecto de que exprese los motivos de su inconformidad. Vencido este término se señalara día para la Vista, la que debe realizarse dentro de los cinco días siguientes, y dictara la Sentencia (en segundo grado) cinco días después. Articulo 368 Código de Trabajo.
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