“…se concluye que, el Ad quem abordó los reclamos del recurrente de manera amplia y sustancial, es decir que, dirimió cada uno de los reclamos del apelante; por lo tanto, el pronunciamiento recurrido se encuentra suficientemente motivado y fundamentado en relación a los submotivos expuestos en el recurso de apelación especial, pues, se observa que el Tribunal de Alzada emitió una sentencia explicando en términos claros y precisos las razones jurídicas que le condujeron a negar la existencia de los agravios alegados por el recurrente, haciéndolo de manera comprensible para las partes y la sociedad, lo que la valida y hace eficaz…”