Expediente No. 945-2017

Sentencia de Casación del 27/02/2018

“…Cámara Penal, considera que el planteamiento del casacionista es improcedente, porque tal y como se estableció del análisis de la sentencia recurrida, la Sala si expresó de manera concluyente los hechos que el juzgado tuvo como probados, realizando el análisis mediante el cual determinó que los extremos argumentados no constituyen circunstancias que permitan determinar que se acreditaron hechos distintos a los contenidos en la acusación formulada oportunamente…”