Expediente No. 865-2017

Sentencia de Casación del 12/02/2018

“…Se puede establecer de conformidad con lo hechos acreditados que, la procesada en ningún momento previo a la realización de la ejecución de la acción que dio muerte al agraviado, se encontró en una situación emocional alterada, más bien se acreditó con los actos objetivos que el dolo de matar surgió en la mente del acusado con mucha anticipación a la consumación de los hechos constitutivos de asesinato, al existir una planificación, lo que se denota, que tuvo el tiempo necesario para reflexionar sobre la gravedad de los hechos que planeó ejecutar y no obstante decidió ejecutarlo. Cámara Penal, sobre la base anterior, determina que, se acreditaron objetivamente las circunstancias de alevosía y premeditación, por lo que resulta improcedente el recurso de casación interpuesto por motivo de fondo…”