Expediente No. 661-2017

Sentencia de Casación del 22/06/2018

“…En el presente caso, la Sala de Apelaciones incurrió en el error legal deducido por la entidad casacionista, pues consta que al resolver el recurso de apelación hecho de su conocimiento, el fundamento en que se apoyó consistió en el análisis que hace de las declaraciones de los testigos de cargo, “…se estableció que el fallo apelado no expresa a cabalidad los motivos de hecho como de derecho en cada medio de prueba producido, especialmente en cuanto a las declaraciones testimoniales (…) estimando que para arribar a la conclusión del caso, se inobservaron reglas de valoración de la Sana Crítica Razonada (…)”en el cual se advierte que ingresa a revalorar prueba, con lo que vulnera el principio de intangibilidad de la prueba, no solo con lo citado sino también al expresar: “…especialmente en cuanto a las declaraciones testimoniales (…) estimando que para arribar a la conclusión del caso, se inobservaron reglas de valoración de la Sana Crítica Razonada (…) dejándose de apreciar (…) así mismo al valorar la prueba se dejaron de aplicar las leyes de la psicología expresando qué comportamiento humano indujeron a dar credibilidad o no (…)” Continua con la vulneración a la intangibilidad de la prueba, cuando expone que: “…se estableció que el fallo apelado no expresa a cabalidad los motivos de hecho como de derecho en cada medio de prueba producido, especialmente en cuanto a las declaraciones testimoniales (…)”, revalorizando lo que el a quo ya había estimado…”