“…esta Cámara considera que el fallo de la Sala de la Corte de Apelaciones está apropiadamente fundamentado, pues partió específicamente del análisis del principio de no contradicción que fue denunciado por el apelante, debido que de la simple lectura se desprende la explicación del juicio lógico jurídico que utilizó el Tribunal en la motivación probatoria de la sentencia objeto de la presente casación, de la cual se establece que la decisión judicial es expresa, clara, completa, legítima y lógica, en virtud de que la Sala explicó cada una de las razones que la condujeron a decidir sobre el fallo emitido, utilizó un lenguaje preciso y comprensible, en cuanto al juicio valorativo de los órganos de prueba denunciados…”