Expediente No. 397-2017

Sentencia de Casación del 12/02/2018

“…se considera que el pronunciamiento de la Sala en el presente caso, es incompleto para considerarlo como debidamente resuelto y por ende fundado, toda vez que argumenta que la sentencia apelada carece de clara y precisa fundamentación, ya que con los medios de prueba lo que se da es una duda razonable en cuanto a la participación del imputado, lo que conlleva una infracción a las reglas que conforman el método de valoración de la sana crítica razonada; pero no especifica qué prueba o en qué forma, se vulneró cada uno de los principios o reglas de valoración, se limitó a indicar que se inobservaron las reglas que conforman el método de valoración de la sana crítica razonada y principio lógico de razón suficiente, pero en forma general sin hacer el detalle de los medios de prueba para poder hacer la confrontación necesaria y poder determinar si se dio la transgresión alegada (…). Asimismo, se advierte que la Sala no podía hacer declaraciones sobre la valoración que se le debió dar a medios de prueba, dado el impedimento legal que tiene, pues en la apelación por motivo de forma, solo puede examinar las razones que el sentenciante tuvo para valorar la prueba, de donde puede concluir en la racionabilidad o no de los motivos expresados por dicha autoridad, pero no puede con el pretexto de que se violó la sana critica razonada entrar a meritar prueba, como ocurrió en el presente caso…”