Expediente No. 327-2017

Sentencia de Casación del 26/02/2018

“…puede colegirse (…), que la Sala de apelaciones al analizar los argumentos del Tribunal para cada medio de prueba señalado por el apelante, es precisa al reiterar los estrictos hechos y el derecho utilizado para encontrar la logicidad necesaria y la razón suficiente para valorar los mismos de la manera que lo hizo, por lo que al ser precisa y no abandonar los hechos que debía observar, así como no extralimitarse en construir otros hechos que no estuvieran consignados en las razones del Tribunal con cada medio de prueba, resulta precisa la fundamentación (…), esta Cámara considera que la Sala impugnada realizó el análisis del recurso intentado y como consecuencia, no dejó en estado de indefensión al apelante, pues dio a conocer las razones claras, completas y legítimas de porqué resolvió de la manera en que lo hizo, aplicando los artículos 11 Bis del Código Procesal Penal y 12 constitucional…”