Expediente No. 2375-2017

Sentencia de Casación del 10/08/2018

“…al concluir (…) [la autoridad impugnada] que el sentenciante incurrió en violación al método legal de valoración de la prueba, por ser su razonamiento contradictorio, cumplió con fundamentar su decisión, pues ese constituyó un razonamiento propio que hizo entendible los motivos por los cuales decidió anular el fallo absolutorio. Es decir dicho razonamiento es comprensible y da a entender a las partes y la sociedad en general porque la decisión de reenviar el proceso y la realización de un nuevo debate (…). El hecho que lo decidido no haya sido favorable a los intereses del procesado no significó que el fallo carezca de fundamentación. En ese sentido se reitera que la inconformidad con lo resuelto no funda la pretensión de anular un fallo de la Sala de Apelaciones con base en la denuncia de falta de fundamentación, y por consiguiente tampoco puede ser motivo de casación lo resuelto por dicha autoridad…”