Expediente No. 228-2017

Sentencia de Casación del 12/03/2018

“…consta [en el presente caso] que la Sala resolvió que la sentencia condenatoria se encontraba conforme a derecho, pues la decisión se basó “en el relato de los hechos, la concatenación de los diferentes medios probatorios y el valor asignado a cada uno de ellos” (…) y se advierte que lo hizo con el apoyo de las constancias, específicamente la sentencia del tribunal a quo, donde según el hecho acreditado y el apartado denominado “de la existencia del delito” el procesado cometió el delito de violencia contra la mujer en su manifestación física y psicológica, al ejercer dicha acción contra su madrastra. Ese extremo evidencia que en el presente caso no existió agravio latente, lo que hizo que lo reclamado únicamente constituyera inconformidad con lo desfavorable que a los intereses del procesado significó el sentido de la sentencia condenatoria…”