Expediente No. 2135-2017

Sentencia de Casación del 07/08/2018

“…se establece que la Sala no cumplió con su deber de fundamentar, ya que al resolver en la forma en que lo hizo, infringió el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal, pues en su análisis contravino los elementos propios de la fundamentación y motivación que las sentencias deben cumplir; en ese sentido, al resolver la Sala no aportó suficientes elementos fácticos y jurídicos de análisis para arribar a la conclusión de no acoger el recurso de apelación especial promovido, pues no fue exhaustiva en el estudio de la sentencia cuestionada en congruencia con la totalidad de la argumentación expuesta en apelación especial, para determinar si la conclusión a la que arribó el Tribunal era la correcta o no, en virtud de que no examinó los agravios específicos señalados por el entonces recurrente…”