Expediente No. 2107-2017

Sentencia de Casación del 09/08/2018

“…al resolver como lo hizo la Sala, no aportó suficientes elementos fácticos y jurídicos de análisis para arribar a la conclusión de acoger el recurso de apelación especial promovido, pues no dio a conocer las razones claras, completas y legítimas de porqué resolvió de la manera en que lo hizo, dejando al ente fiscal en un estado de indefensión; en virtud de lo anteriormente indicado, debe declararse procedente el presente recurso de casación para que se emita una nueva resolución sin el vicio de forma invocado, y cumpla con la obligación que le impone el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal. En cuanto a lo manifestado por el procesado en sus alegatos del día de la vista, en relación a que la Sala sí aportó un razonamiento propio y que resolvió el recurso de apelación especial con una adecuada fundamentación. Se establece que esta Cámara se pronunció sobre sus alegaciones al realizar las consideraciones anteriores que le ayudaron a arribar a la conclusión de que la Sala incumplió con su deber de emitir una resolución con una debida fundamentación y motivación…”