“…en el caso objeto de estudio el ad quem resolvió los puntos esenciales contenidos en las alegaciones del defensor y en los que el sentenciador se apoyó para endilgar la responsabilidad penal al procesado en el hecho acusado y acreditado; lo cual desde ningún punto de vista jurídico hace prosperable su pretensión de anular el fallo condenatorio dictado en su contra, toda vez que el ad quem cumplió con su obligación legal de razonamiento que revelan un itinerario lógico al resolver los agravios contenidos en el recurso de apelación especial referente a la cadena de custodia del arma incautada; en ese contexto, al realizar el control de logicidad por parte de este Tribunal, determina que la argumentación del ad quem contiene los pronunciamientos que resuelven y explican todas y cada una de las alegaciones del defensor que hacen válida la sentencia recurrida (…). Por tal motivo, la autoridad cuestionada resolvió apegada a derecho y no le ocasionó ningún agravio al recurrente…”