Expediente No. 2072-2017

Sentencia de Casación del 05/12/2018

“…Esta Cámara estima que la Sala arribó a la conclusión que no existen los vicios denunciados en el fallo impugnado, contrario a ello, verificó que el sentenciante apreció la prueba conforme al sistema de la sana crítica razonada y el recto entendimiento humano aplicado a los medios de prueba que fundamentan la condena del sindicado y justificó con razonamientos propios la conclusión fáctica a la que arribó el sentenciante al momento de apreciar y valorar la prueba en forma individual y en su conjunto como elementos de convicción diligenciados durante el debate que confirman la hipótesis fiscal. Circunstancias por las cuales esta Cámara no advierte los vicios denunciados en casación, contrario a ello observa que las denuncias formuladas en apelación especial fueron resueltas con criterio lógico jurídico y apegadas a los hechos probados por el sentenciante y con argumentaciones de hecho y derecho exigidos por la ley y necesarias para una
adecuada fundamentación…”