Expediente No. 1939-2017

Sentencia de Casación del 18/04/2018

“…al resolver como lo hizo la Sala aportó suficientes elementos fácticos y jurídicos de análisis para arribar a la conclusión de no acoger el recurso de apelación especial promovido. Contrario a lo argumentado por el ente fiscal, ya que explicó que existió ausencia de medios de convicción objetivos, puesto que la prueba testimonial resultó imprecisa, reticente e insegura, en virtud de lo cual no se violentaron las reglas de la sana crítica razonada. De manera que el estudio efectuado por la Sala no contraviene los elementos propios de la fundamentación y motivación de las sentencias. En consecuencia, se establece que la labor de la Sala en su deber de fundamentación fue clara y concreta en su razonamiento, pues individualizó los elementos de hecho y derecho en que basó su decisión explicando cuales fueron las inconsistencias y contradicciones advertidas en los medios de prueba…”