Expediente No. 1897-2016

Sentencia de Casación del 20/06/2018

“…en el presente caso resulta inválido el argumento de la Sala, referente a que los alegatos de los recurrentes no son suficientes, puesto que sus argumentos no se dirigen al error de derecho cometido por el Tribunal, sino lo que se ataca son cuestiones procedimentales, así como no indicó en sus agravios qué norma legal de manera errónea se aplicó en la sentencia impugnada y cuál norma se dejó de aplicar, siendo los argumentos de los recurrentes incongruentes con el submotivo invocado, no siendo los argumentos claros ni precisos, puesto que como se enfatizó, la Sala no podía negarse a conocer el fondo del recurso bajo la excusa de haber incurrido los apelantes en la omisión o error de requisitos que, en todo caso, debía ser advertida en la fase de subsanación y no en sentencia, toda vez que si lo admitió era porque estimaba que no tenía defectos y su obligación era entrar a conocer el recurso y de manera fundada resolver los agravios que le fueron expuestos. Con base en lo considerado, se concluye que la Sala de Apelaciones, al no atender a la sustancia de los reclamos aludidos en apelación especial por los hoy casacionistas, incumplió con lo establecido en el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal…”