“…esta Cámara establece que le asiste la razón al casacionista, porque del análisis realizado se desprende que el Ad quem, al conocer de los agravios planteados dentro del recurso de apelación especial, no fue congruente con los mismos, pues al señalar a los agentes que aprehendieron al acusado (…) indicó a dos personas que no figuran como testigos dentro del proceso de mérito, tal como se pudo constatar al confrontar lo expuesto por el Tribunal de Sentencia y lo considerado por la referida Sala de Apelaciones, por lo cual se estima que existió ausencia de fundamentación; lo cual constituye un vicio de forma que debe ser corregido…”