Expediente No. 1699-2016

Sentencia de Casación del 29/01/2018

“…Cámara Penal estima que conforme los hechos acreditados y la integralidad de la sentencia, en el presente caso no puede extraerse la intención de dar muerte al sujeto pasivo del delito. Dicha decisión tiene fundamento en las constancias, específicamente en el acta de inspección ocular, la que fue valorada positivamente por el sentenciante, de donde advirtió que los disparos fueron realizados hacia arriba y en ningún momento se realizaron contra las víctimas. Además, según las constancias el lugar era pequeño pues quedo probado que entre agresor y víctimas los separó un metro y medio de distancia; esos extremos como fueron considerados por el a quo, evidenciaron que no era posible ocasionar la muerte de alguno de los agraviados y por consiguiente la ausencia de dolo en dicho actuar para ocasionar un daño más allá de los disparos sin causa justificada. Debe tomarse en cuenta que la responsabilidad penal se juzga conforme la prueba aportada al juicio y la acreditación de hechos para el delito imputado; por lo que resolver con base en presunciones no tiene asidero legal, de esa cuenta es que, en el presente caso, “el medio empleado y las palabras precedentes” no suponen la intención de dar muerte a las víctimas y considerarlas para acreditar el dolo de muerte no tendría sustento legal por ser presunciones, además que la acreditación del dolo es labor del tribunal sentenciador…”