Expediente No. 1515-2015

Sentencia de Casación del 28/05/2018

“…la Sala impugnada al no expresar y fundamentar sobre todos los puntos alegados y admitidos en apelación especial, provocó que la sentencia impugnada no cumpliera con los requisitos formales para su validez, vulnerando así el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal. En tal virtud, la Sala de Apelaciones deberá dar a conocer el razonamiento jurídico sobre el cual descansa su decisión, debiendo fundamentar sobre todos los reclamos admitidos en apelación especial atendiendo a la sustancia del agravio, respetando la limitación de valorar prueba y atendiendo a los criterios penales aplicables al delito concreto, para determinar si las conclusiones a las que arribó el Tribunal de Sentencia reflejan o no inobservancia del artículo 474 del Código Penal…”