Expediente No. 1507-2017

Sentencia de Casación del 13/04/2018

“…Cámara Penal determina, primeramente, que la sentencia impugnada es clara y legítima -requisitos que exige la fundamentación en todo fallo proferido por los diversos órganos jurisdiccionales- no obstante, la sentencia en cuestión carece de elementos convincentes que la hagan completa y que justifiquen y sustenten la decisión emitida, ya que del cotejo efectuado se evidencia que la autoridad recurrida no expresó razonamientos propios, sino que hizo suyos los planteamientos del apelante, limitándose a dar una respuesta meramente formal, sin sustancia en su contenido y sin que vislumbre la logicidad empleada en la motivación. Si bien el Tribunal ad quem exteriorizó algunas razones en su fallo, éstas son generales, toda vez que no realizó la confrontación entre los razonamientos valorativos que indujeron al a quo a absolver -para hacer la revisión del iter lógico- y la inconformidad planteada respecto a la valoración efectuada a cada medio de prueba individualizado en la apelación especial, y de esta manera establecer el cumplimiento o no de las reglas o principios de la sana crítica
razonada denunciados…”