Expediente No. 1506-2017

Sentencia de Casación del 26/11/2018

“…Al analizar lo resuelto por la Sala, se aprecia que dio respuesta fundada a lo solicitado por el Ministerio Público, interponente del recurso de apelación especial; La motivación de su fallo está acorde a lo que se le requirió, hace un análisis de cada sección de medios de prueba -pericial, testimonial y documental- y como el a quo no siguió el iter lógico al valorarlas, incumplió con las reglas de la sana crítica razonada; la lógica en el principio de no contradicción, integrante de la regla de la coherencia. No aplicó el principio de razón suficiente. El fallo es completo y expreso, llenó todos los requisitos que contempla nuestra ley adjetiva penal y no solo por el hecho de considerarla, el casacionista, perjudicial a sus intereses deviene que contenga falta de fundamentación…”