“…se constata que [en el presente caso] la Sala fue clara, completa y legítima, pues partiendo de los agravios señalados por el apelante, donde señaló que el Tribunal de sentencia realizó un análisis individual de la prueba y que no la concatenó y por ello inobservó las reglas de la sana crítica razonada, específicamente de los principios de la lógica y razón suficiente, al respecto la Sala indicó que la sentencia apelada carecía de motivación en la apreciación de la prueba pericial, testimonial y documental diligenciada en el debate, ya que realizó un análisis individual sin efectuar un análisis crítico y lógico en su conjunto y concatenar los y hechos y el derecho del caso concreto, lo que resultó insuficiente para demostrar la realización o no del tipo penal sindicado, lo que le impidió entender la idoneidad y los indicios racionales que producía toda la prueba aportada...”