Expediente No. 1422-2017

Sentencia de Casación del 30/01/2018

“…Esta Cámara, (…), estima [en el presente caso] que los sujetos activos tuvieron el apoderamiento efectivo del camión objeto del ilícito, toda vez que, los sindicados fueron capturados después de que ya habían aprehendido el bien y desplazado con dicho objeto. Es decir que, los incoados lograron el desplazamiento del objeto material del delito, que momentos antes había estado bajo la posesión y control del propietario, por lo que los imputados asumieron y adquirieron el control y dominio del mismo. Por lo tanto, con base en las constancias procesales, este Tribunal es del criterio que los acusados ejecutaron todos los actos que conforman o perfeccionan el delito de robo agravado en grado consumado, el cual fue ejecutado en su totalidad, luego de la aprehensión del bien y desplazamiento del mismo. Por lo tanto, el vehículo tipo camión relacionado sí salió fuera del dominio del agraviado, con lo cual quedó demostrado que perdió el control sobre el referido bien, pasando a la esfera de poder o control de los sindicados, ello, con independencia de que posteriormente fueran capturados. Por lo considerado, esta Cámara encuentra apegado a derecho la subsunción de los hechos acreditados en el delito de robo agravado en grado de consumación…”