Expediente No. 1203-2016

Sentencia de Casación del 10/01/2018

“…Esta Cámara, después de analizar la plataforma fáctica acreditada y las normas antes relacionadas [13, 14, 252 numeral 3º y 281 del Código Penal], estima que los sujetos activos sí tuvieron el apoderamiento efectivo del arma de fuego objeto del ilícito, toda vez que, los sindicados fueron capturados después de que ya habían aprehendido el bien y desplazado con dicho objeto. Es decir que, los incoados sí lograron el desplazamiento del objeto material del delito, que momentos antes había estado bajo la posesión y control del propietario, por lo que los imputados sí asumieron y adquirieron el control y dominio del mismo. Por lo tanto, con base en las constancias procesales, este Tribunal es del criterio que los acusados sí ejecutaron todos los actos que conforman o perfeccionan el delito de robo agravado en grado consumado, el cual fue ejecutado en su totalidad, luego de la aprehensión del bien y desplazamiento del mismo; por lo tanto, el arma de fuego relacionada sí salió fuera del dominio del agraviado, con lo cual quedó demostrado que perdió el control sobre el referido bien, pasando a la esfera del poder o control de los sindicados, ello, con independencia de que posteriormente fueran capturados…”