Expediente No. 1196-2017

Sentencia de Casación del 12/02/2018

“…concurre para todos los procesados, [en el presente caso] la agravante contenida en el artículo 28 [agravante especial de aplicación relativa] del Código Penal, (…), porque de los hechos acreditados, se establece que ha quedado plenamente probado el abuso en el ejercicio del cargo por parte de los procesados, pues sin ostentar este, no hubiese sido posible la ejecución de dichos actos, por lo que deberá aumentarse en una cuarta parte la pena a imponer…”