Expediente No. 1155-2017

Sentencia de Casación del 06/04/2018

“…Cámara Penal considera que la Sala no expresó los fundamentos claros, precisos, completos y legítimos que fundamentaran debidamente su fallo en cuanto al motivo de forma planteado por el apelante. Así las cosas, la Sala impugnada no realizó el examen debido y por ende, dejó en estado de indefensión al apelante, pues no dio a conocer las razones claras, completas y legítimas de porqué resolvió de la manera en que lo hizo, violando el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal, por lo que el recurso debe declararse procedente únicamente con el objeto de subsanar la falta de fundamentación del fallo de la Sala, lo anterior deberá hacerlo en congruencia con los hechos acreditados por el Tribunal de Sentencia...”