Expediente No. 1000-2017

Sentencia de Casación del 12/02/2018

“…se considera que el fallo recurrido se encuentra debidamente fundamentado, con razonamientos propios, expresando que los medios de prueba fueron apreciados conforme a las reglas de la sana crítica razonada y en observancia de la regla de la derivación en su principio de razón suficiente. Además, esta Cámara establece que al resolver de la manera que lo hizo, la Sala se pronunció sobre los puntos alegados por el interponente, sin rebasar los límites establecidos en el artículo 430 del Código Procesal Penal, toda vez que le está vedado hacer mérito de la plataforma probatoria, incidencia procesal que por imperativo legal, está encomendada al tribunal sentenciador…”