Expediente No. 27-2017

Sentencia de Casación del 30/05/2017

“…Cámara Penal establece que la Sala sentenciadora no aportó suficientes elementos fácticos y jurídicos de análisis para arribar a la conclusión de acoger el recurso de apelación especial instado, porque si bien a su criterio la declaración del perito (…), del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, relacionado con el arma incautada, así como también otros medios de prueba, que a su parecer no guardaron correspondencia y no fueron suficientes (adviértase que la Sala no hizo relación a cuales medios de prueba se refería), es de hacer notar que todos estos debieron ser individualizados y analizados en su conjunto, pues, limitarse a señalar de manera general que la prueba no era suficiente para dictar un fallo condenatorio, no era suficiente motivación para sustentar un fallo de segunda instancia, peor aún que este diera como consecuencia ordenar el reenvío, sin fundamentos completos y lógicos, adecuados a los principios que rigen el debido proceso. De tal cuenta que se establece que su razonamiento no cumple con los elementos primarios de la fundamentación de toda sentencia judicial…”