Expediente No. 1849-2016

Sentencia de Casación del 27/07/2017

“…Cámara Penal, estima que el recurso es procedente pues la Sala al resolver se limitó a realizar consideraciones generales que no sustituyeron la fundamentación (…). La juzgadora no plasmó sus argumentos en forma clara, completa y lógica, y no abarcó las cuestiones fundamentales de cada punto decisivo” razonamiento que carece de fundamentación, pues mediante el mismo no explica cuál fue el error lógico del A quo al valorar la prueba aportada al juicio, además que no resolvió dónde radicó la violación a las normas denunciadas como violadas por el apelante. La Sala no explicó, como se lo solicito el recurrente, si era cierto o no, que la Juez al resolver acreditó hechos que no fueron acusados, lo que conllevó a que violara el artículo 388 del Código Procesal Penal; asimismo, dicha autoridad soslayó explicar si en efecto, hubo o no violación al sistema legal de valoración de la prueba testimonial; agravios que le fueron hechos de su conocimiento y la sala resolvió con generalidades, lo que hizo ostensible la falta de fundamentación de su fallo…”