“…Al analizar lo resuelto por la Sala, se aprecia que no dio respuesta fundada a su decisión (…) no cumple con los elementos primarios de la fundamentación, como lo son la expresión de motivos y la completitud de los mismos, es decir, no es expresa, ni completa, y al carecer de dichos requisitos no permite evaluar la logicidad de su decisión, lo cual constituye un vicio de forma que debe ser corregido (…). La Sala, para dar respuesta fundada a su decisión debió examinar si las conclusiones a las que arribó el sentenciante al valorar los testimonios de (…), constituyen inferencias lógicas que respetan el principio de razón suficiente, o si por el contrario, la información que aporta la prueba relacionada, pudo haber conducido a una decisión distinta de la de absolución…”