Expediente No. 919-2015

Sentencia de Casación del 15/04/2016

“…se determina que concurre el elemento objetivo del ilícito de homicidio en grado de tentativa, toda vez que, según el sentenciante, el procesado con un arma de fuego tipo escopeta hechiza, sin mediar palabra, apuntó directamente al pecho del señor (…) y le disparó con la intención de darle muerte; sin embargo el señor (…) se tiró al suelo hacia el costado derecho, logrando impactarle el disparo únicamente en la región axilar lado derecho y región proximal del brazo izquierdo, provocándole incapacidad para sus labores por noventa días y un impedimento parcial, por lo que el procesado no logró su propósito. En cuanto al elemento subjetivo, el Tribunal de Sentencia estableció que, la intención del sindicado era darle muerte (…). El grado de ejecución del ilícito fue en tentativa, en este caso es acabada, porque el agraviado se tiró al suelo, lo que evitó que el disparo le impactara en el pecho, es decir, por circunstancias ajenas a su propósito criminal. Vistas así las cosas, con base en la plataforma acreditada y dada la concurrencia de los elementos objetivo y subjetivo, es correcta la calificación de homicidio en grado de tentativa…”