Sentencia de Casación del 25/07/2016
“…esta Cámara estima que la Sala de Apelaciones fue incoherente en su fundamentación, toda vez que el Tribunal de Sentencia al darle valor probatorio a los peritajes indicó, en cuanto a lo declarado por el perito (…), que le concedía valor probatorio en “principio por ser un profesional de la medicina forense, además el galeno fue enfático indicando que las lesiones sufridas por la agraviada al momento de ser evaluada son acordes a lo narrado por la agraviada”; y en cuanto a lo declarado por la perito (…) “en principio por haber sido elaborado por una profesional de la psicología, además con el testimonio e informe se acredita el daño emocional que sufre la agraviada al momento de ser evaluada por la psicóloga”. Por lo que, la Sala recurrida no advirtió el error del Tribunal de Sentencia de no concatenar dichos peritajes con la declaración de la agraviada…”