“…la Sala de Apelaciones recurrida, dentro del marco legal respondió a los cuestionamientos, pues le explicó al apelante que su condena por los delitos imputados, el sentenciante la fundamentó al valorar positivamente las declaraciones de las menores víctimas, así como de la perito (…), pruebas que le dieron la certeza jurídica de su participación en los hechos, al vincularlo directamente en los mismos. (…), la sentencia dictada contra el procesado fue motivada, pues al advertir el hecho en su contra, el tribunal justificó con razonamientos lógicos porque decidió otorgar valor probatorio a la prueba aportada al juicio, la cual como se indicó fue contundente para el a quo para acreditar la responsabilidad penal del acusado, (…); por otro lado, el recurrente únicamente se limitó a señalar violación a la sana crítica razonada, pero no desarrolló el argumento necesario que sustentara dicha violación, por lo que no existía obligación de la Sala de Apelaciones de profundizar sobre el tema…”