Expediente No. 727-2016

Sentencia de Casación del 29/08/2016

“…Cámara Penal advierte que la Sala (…) sí dio respuesta a lo pretendido por el impugnante en el recurso de apelación especial, con relación a los puntos alegados, (…) y fue precisamente del análisis efectuado, que arribó a la conclusión de que la sentencia condenatoria se encontraba debidamente fundamentada, en virtud de que el juez sentenciador apreció la prueba material, testimonial, documental y pericial, con las cuales se probó la plataforma fáctica de la acusación realizada por el Ministerio Público, concluyendo que la resolución final se derivaba del material probatorio diligenciado dentro del debate, aplicando de forma adecuada y en plena observancia las reglas de la sana crítica razonada, como lo son la lógica, la experiencia y la psicología. La Sala consideró además, que el juez sentenciador observó el principio de razón suficiente, ya que los argumentos que sustentaron su análisis no se contraponían entre sí, puesto que fue acreditado el hecho acusado, toda vez que de la correlación de los medios de prueba diligenciados en el debate, se acreditó el hecho de que el acusado portaba el arma de fuego referida, sin la respectiva licencia de portación correspondiente; así también, fue acreditado el hecho de que el acusado realizó los disparos sin causa justificada….”