Sentencia de Casación del 25/10/2016
“…se advierte que la Sala (…) decidió no acoger el recurso de apelación, por lo que omite resolver todos los puntos señalados por el apelante, puesto que en la interposición de su recurso se refirió a las declaraciones del sindicado (…) y de (…), con las cuales el casacionista considera que se comprueba la posible participación de los acusados en el hecho que se les endilga y al no haberse referido la Sala a esas declaraciones, dejó de resolver los agravios invocados. Por consiguiente, esta Cámara estima que el fallo impugnado adolece del vicio invocado dado que la Sala sentenciadora solo resolvió sobre aspectos generales, sin concretar de manera explícita en cuanto a la queja del apelante, aunado a ello, el fallo emitido, no cuenta con fundamentos completos, y lógicos, adecuados a los principios que rigen el debido proceso…”