Expediente No. 315-2016

Sentencia de Casación del 29/07/2016

“…Con relación a la agravante de menosprecio de lugar, que el casacionista invoca, esta Cámara determina que no concurren los supuestos necesarios para su aplicación. Toda vez que el mismo tipo penal contenido en el artículo 247 [delito de hurto agravado], numeral 3º del Código Penal prevé aquellos casos en los cuales la comisión del delito ocurre dentro de una casa de habitación, tal y como sucede en el caso de mérito…”