Expediente No. 264-2016

Sentencia de Casación del 29/09/2016

“…se concluye que el tribunal de apelaciones, en el nivel de generalidad en que se interpuso el recurso de apelación especial, explicó de forma breve y razonada, con el análisis jurídico suficiente al pronunciarse respecto de los motivos de forma y fondo planteados en el recurso de apelación especial, y por la forma en que resolvió, legitimó el dispositivo de su fallo, cumpliendo de esta forma con la debida fundamentación, y por lo mismo no incurrió en el agravio señalado ni en la vulneración normativa denunciada -artículo 11 Bis del Código Procesal Penal-…”