Sentencia de Casación del 27/05/2016
“…esta Cámara ordenó el reenvió de las actuaciones para que la Sala dictara nuevamente la sentencia que correspondía, (…), dado que al realizar el análisis del caso, empieza refiriéndose a las declaraciones testimoniales y únicamente se limita a transcribir lo manifestado por el Tribunal de Sentencia, sin entrar a examinar a fondo por qué dicho órgano jurisdiccional consideró que las pruebas dadas en el juicio llevaban a una única conclusión, que para el presente caso es la participación del acusado en el delito de homicidio; por el cual se le condenó. En todo caso, correspondía a la Sala examinar la sentencia de condena y, en congruencia con el motivo de apelación especial, dar respuesta al cuestionamiento sobre vulneración de los elementos de la sana crítica razonada, lo que necesariamente haría exigible un estudio de las razones específicas expuestas por la juez de sentencia al asumir sus conclusiones probatorias…”