Expediente No. 1650-2015

Sentencia de Casación del 24/05/2016

“…esta Cámara estima que, le asiste la razón jurídica a los casacionistas, en virtud de que al resolver la Sala de Apelaciones, fue omisa en cuanto a la resolución del segundo submotivo de fondo invocado, pues en su resolución únicamente hizo referencia a la relación de causalidad, que fue el primero de los que le fueron invocados, sin embargo, no se refirió a si en el caso bajo análisis existió indebida aplicación del concurso real o si correspondió aplicar el contenido del artículo 69 de dicho cuerpo legal, a los hechos imputados a los procesados…”