Expediente No. 1573-2015

Sentencia de Casación del 05/04/2016

“…Al cotejar la sentencia de primera instancia, lo alegado en el recurso de apelación especial y lo resuelto por la Sala de Apelaciones, se establece que al ente recurrente no le asiste razón jurídica, toda vez que, la sentencia de segundo grado sí da respuesta fundada a lo denunciado por el apelante, pues explica con claridad y precisión, que en el fallo de primer grado no se violentó el principio de razón suficiente, en virtud que, la decisión de absolución se sustentó en la duda razonable que surgió correctamente en el sentenciante, la cual se generó a partir de las imprecisiones, inconsistencias e incongruencias que extrajo de las declaraciones testimoniales de cargo presentadas en el juicio con relación al hecho objeto del proceso, que no permitieron establecer con certeza, tanto el tiempo del delito –día y fecha-, como el modo de su comisión…”