Expediente No. 143-2015

Sentencia de Casación del 31/08/2016

“…Esta Cámara estima que sí fue abordado el reclamo del Ministerio Público. Cabe mencionar que la Sala se encontraba limitada en su respuesta por la forma en que fue planteado el recurso de apelación especial, porque la argumentación del entonces apelante estaba enfocada a reprochar las conclusiones fácticas del Tribunal de Sentencia, extraídas de los medios de prueba, pero sin realizar un análisis que demostrara la ilogicidad en los razonamientos que llevaron al sentenciante a deducir, precisamente, tales conclusiones. Tal defecto en el planteamiento de la apelación especial ubicó a la Sala en posición de realizar un examen superficial del fallo, acorde a la generalidad del recurso sometido a su consideración, toda vez que no se precisó el vicio que acarreara una injusticia notoria...”