Expediente No.  1412-2015

Sentencia de Casación del 09/05/2016

“…esta Cámara aprecia que la sala apoyó sus razonamientos y conclusiones en las acreditaciones realizadas por el tribunal de sentencia, ello se infiere de la lectura de su resolución cuando indica que el sentenciante explicó en su fallo las razones para otorga valor probatorio a los elementos de convicción diligenciados durante el debate siendo estos: los dictámenes de los peritos (…);  los testimonios de (…),  así como a  la prueba documental pertinente y útil la cual está entrelazada entre sí por ser coherente y no contradictoria. Además, explicó que existe prueba directa que determina la participación del acusado en el hecho imputado, no existiendo contradicción entre la acusación, la plataforma fáctica, los medios de prueba relacionados y la determinación precisa y circunstanciada del hecho que el tribunal tuvo por acreditado.

De los anteriores razonamientos, Cámara Penal aprecia que si bien la sala no se pronunció en cuanto al método de valoración de la prueba, también  lo es que el recurrente al exponer sus agravios no fue claro en señalar cuales  son las reglas de la sana crítica razonada que se dejaron de aplicar en el fallo que impugnó ante la Sala…”