Expediente No. 14-2016

Sentencia de Casación del 27/04/2016

“…La Sala al resolver el recurso de apelación especial determinó que el sentenciante al dictar su fallo tuvo por acreditado el contenido  de  la plataforma fáctica de la acusación, y arribó a la conclusión que si existe relación de causalidad entre las acciones realizadas y el resultado obtenido, pues de conformidad con el razonamiento del sentenciante fueron probados los hechos contenidos en la hipótesis acusatoria.

Del estudio del fallo impugnado esta Cámara verifica que la Sala basó sus conclusiones en la plataforma fáctica acreditada por el tribunal de sentencia, órgano jurisdiccional  que valoró de forma positiva la prueba pericial, testimonial y documental producida en el desarrollo del debate y que  probó el grado de participación que tuvo el sindicado en el delito de Trata de personas,  específicamente  en la captación, el traslado, la retención, acogida y recepción de la agraviada con fines de explotación, verbos rectores del referido tipo penal…”