Expediente No. 1322-2015

Sentencia de Casación del 16/02/2016

“…Aunque en este recurso de casación el interponente no impugnó la falta de fundamentación de la sentencia contenida en el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal, este tribunal de casación, con fundamento en los artículos 283 y 442 [Código Procesal Penal] citados, determina que la Sala incumplió con el requisito de fundamentación al considerar correcta la aplicación del artículo 65 del Código Penal, en virtud que omitió exponer los motivos de hecho y de derecho que justificaran su decisión, para el efecto debió observar y pronunciarse si el A quo para la fijación de la pena consideró o no la extensión e intensidad del daño causado a la menor, así como los antecedentes de la misma, parámetros estipulados en el aludido artículo 65 de la norma sustantiva legal citada; y la concurrencia de las agravantes de alevosía, premeditación y abuso de superioridad, establecidas en el artículo 27 [Código Penal] (…), argumento central del recurso de apelación especial. La Sala de Apelaciones no podía soslayar tal apreciación, con la tesis del principio de limitación del conocimiento. Al establecerse que la Sala de Apelaciones no cumplió con dar respuesta fundada en su fallo, esta Cámara advierte de oficio que existe violación del debido proceso…”