Expediente No. 129-2016

Sentencia de Casación del 05/08/2016

“…Cámara Penal considera que, el fallo de la Sala impugnada no es válido, toda vez que la decisión no está debidamente motivada en razón de que omitió analizar y pronunciarse concretamente conforme a lo solicitado relacionado con la prueba del acta fiscal (…), en donde declaró como testigo (…), la que fue protestada en su momento oportuno como lo establece la ley y en virtud a ello debe hacerse en el momento de reproducirse el acto o inmediatamente después, en el presente caso, el Juez de sentencia admitió la protesta interpuesta por la sindicada (…) donde hace constar lo siguiente “Tal acta también fue recibida en el debate como nuevo medio de prueba, al que se opuso la defensa de la acusada por considerar que se violentaba el contradictorio, pero como se ha dicho la mayor cantidad de extremos fueron acreditados con otros medios de prueba, sirviendo el acta únicamente para complementar la información.” Circunstancia por la cual, el Juez aceptó que dicha protesta se hizo en la audiencia de debate, admitiendo el acta fiscal como prueba nueva donde constaba la declaración del testigo fallecido (…). Por todo lo manifestado esta Cámara considera que a la interponente del recurso le asiste la razón jurídica, pues la Sala yerro al manifestar que la protesta se debe hacer constar en el memorial de interposición de apelación especial, omitiendo así resolver el punto esencial que fue objeto del recuso de apelación especial interpuesto por la casacionista…”