Expediente No. 1150-2015
Sentencia de Casación del 18/02/2016
“…Cámara Penal advierte que las dos inobservancias denunciadas por el apelante ahora casacionista ante la Sala de la Corte de Apelaciones, fueron resueltas y argumentadas cada una, justamente, porqué se consideró que habían sido observadas las reglas integrantes de la sana crítica razonada a los elementos prueba individualizados por el apelante y valorados en la sentencia. Dichos argumentos esgrimidos por el ad quem, tocaron en esencia los puntos objetos de inconformidad ante éste, toda vez que al revisar, analizar y evaluar las explicaciones dadas, se determina que respondieron los alegatos que se dicen no resueltos y se vertió fundamentación de cada uno de ellos, si bien la justificación brindada por segundo grado no fue de conformidad a la pretensión del recurrente, esto no significa que se haya dejado de resolver ni de fundamentar los agravios expuestos ante el tribunal de segundo grado…”