Expediente No. 1148-2015

Sentencia de Casación del 08/02/2016

“…Cámara Penal determina (…) la Sala apuntó que el razonamiento de apoyo del juez sentenciador, sí cumplió con el requisito exigido de aplicar las reglas de la sana crítica razonada, para fundamentar su decisión, pues se justificó la decisión a la que arribó, cuando indicó que los datos aportados, eran referenciales, contradictorios y sin respaldo.

Al descender, esta Cámara estima que, la decisión tomada por el Tribunal de Alzada se encuentra apoyada en argumentaciones que resuelven el punto alegado ante ella (inobservancia del principio de razón suficiente, integrante de la regla de la derivación, respecto a las declaraciones individualizadas por la apelante), si bien el casacionista no comparte la decisión de la Sala, ello no significa que se haya dejado de resolver, tal como se logra determinar de los argumentos brindados…”