Expediente No. 895-2014

Sentencia de Casación del 10/04/2015

“…Como se puede establecer no quedó acreditada la circunstancia de la carencia de razón y motivo para efectuar los disparos, en tanto que el accionar de los incoados fue directa, ocasionando las lesiones leves y graves a las víctimas a causa de los disparos, en ese orden de ideas, no puede condenarse a los incoados por el delito de disparos sin causa justificada, pues su accionar se subsume dentro de los delitos de lesiones leves y lesiones graves provocadas a los agraviados. En tales circunstancias la Sala erró al haber aplicado el artículo 127 de la Ley de Armas y Municiones, porque los elementos del tipo penal [delito de disparos sin causa justificada] no fueron acreditados por el tribunal de sentencia, como consecuencia esta Cámara acoge el presente motivo de fondo analizado y casa parcialmente la sentencia en el sentido de que se absuelve por el delito disparos sin causa justificada a los procesados…”