Expediente No. 740-2013

Sentencia de Casación del 15/01/2015

“…cabe considerar que, conforme a los numerales 1, 2 y 3 del artículo 252 del Código Penal, este delito [robo agravado] se comete en cuadrilla, cuando se ejerce violencia y utilizando armas. En el caso de mérito quedó acreditado que el mismo se cometió en cuadrilla, pues participaron más de tres personas, con uso de arma de fuego y violencia desapoderaron de sus bienes a los pasajeros, incluido el ayudante del bus; es más, uno de ellos perdió la vida al oponerse y otro quedó herido como consecuencia de la violencia ejercida por los asaltantes, entre éstos el sindicado. Estos elementos son suficientes para tipificar el hecho en el delito de robo agravado; y no solo en ese, haberle causado la muerte a una persona y lesionado a otra durante el asalto, también debió ser juzgado, a efecto de establecer su participación y responsabilidad en la comisión de los mismos; pero en ausencia de reclamo por parte del ente investigador con relación a tal extremo, Cámara Penal no puede pronunciarse y por ende hacer declaración alguna al respecto debido al principio de reforma en perjuicio del procesado…”

 





 



 







 



















 



 




 


 


 












…”