Expediente No. 25-2015

Sentencia de Casación del 21/09/2015

“…En el presente caso, consta que el argumento del apelante se basó en que no se llevó a cabo una “prueba genética”, para poderlo considerar autor del delito de violación con agravación de la pena, de ahí que su condena por dicho ilícito no fue legal. Como puede apreciarse, además de pretender revaloración de la prueba, el apelante también pretendió incorporar al proceso nueva prueba, algo que como se indicó no puede llevarse a cabo en segunda instancia, por prohibición legal expresa (artículo 430 del Código Procesal Penal). De esa cuenta, al haber resuelto la Sala de Apelaciones que la pretensión del apelante era infundada porque el veredicto de condena se encontraba conforme a derecho, debido a que al juicio se aportaron los medios de convicción necesarios para quebrantar su status de inocencia, y que por consiguiente su pretensión era revaloración de la prueba, respondió al reclamo del apelante y lo hizo con fundamento, no obstante la generalidad, incongruencia, vaguedad e imprecisión en el mismo. De esa cuenta la Sala estaba impedida en profundizar sobre el tema hecho de su conocimiento...”